Los jueces del Alto Paraná salieron en defensa del ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Sindulfo Blanco, imputado por la Fiscalía por supuesto prevaricato. A través de un comunicado, los magistrados calificaron como “grave atentado contra la independencia del Poder Judicial” la determinación del Ministerio Público de procesar al ministro por el presunto ilícito.
“...Nos permitimos calificar como un precedente que habilita futuros hostigamientos contra los Magistrados, para que en adelante, no puedan desempeñar sus funciones con arreglo de ley”, reza parte del comunicado que hace alusión a la imputación fiscal a Blanco.
El manifiesto refiere que el artículo 305 del código penal (ver infografía) en el cual se establece el prevaricato fue interpretado de forma tergiversada para procesar a Blanco. Además, cita el artículo 247 de la Constitución Nacional en el que se indica que los ministros CSJ y otras altas autoridades solo podrán ser sometidos a juicio político.
Los magistrados se declararon en vigilia “por la independencia del Poder Judicial”. Además, declararon sesión permanente y como medida de protesta comparecieron a sus despachos con vestimenta informal.
Supuesto prevaricato
Los fiscales anticorrupción René Fernández, José Dos Santos y Lionel Piñáñez imputaron al ministro de la CSJ Sindulfo Blanco por supuesto prevaricato. Además, solicitaron al juez Gustavo Amarilla que pida el desafuero de Blanco.
El delito habría ocurrido en diciembre de 2014. Blanco y el entonces ministro Víctor Núnez admitieron un recurso extraordinario de casación contra un fallo del Tribunal de Apelación que anuló una sentencia de primera instancia y ordenó la realización de otro juicio por un caso de apropiación.
Los fiscales sostuvieron que Blanco y Núñez admitieron ilegalmente el recurso extraordinario de casación que solo procede contra resolución judicial que ponga fin a un proceso o juicio.
Artículo 305.-
Prevaricato. Código Penal
1º- El juez, árbitro u otro funcionario que, teniendo a su cargo la dirección o decisión de algún asunto jurídico, resolviera violando el derecho para favorecer o perjudicar a una de las partes, será, castigado con pena privativa de libertad de dos a cinco años.
2º- En los casos especialmente graves la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años.
Fuente:Vanguardia